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La Segunda Sala resolvió a favor de Samuel García respecto a la elección del fiscal de Nuevo León.
La Segunda Sala resolvió a favor de Samuel García respecto a la elección del fiscal de Nuevo León.

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), a través de su Segunda Sala, dio la razón al gobernador de Nuevo León, Samuel García, por lo que se deberá enviar un nuevo grupo de cuatro aspirantes para ocupar el cargo de fiscal estatal; por lo que ni Adrián de la Garza ni Pedro Arce podrán ser seleccionados.

La Segunda Sala concluyó que el Congreso, mediante la Comisión Anticorrupción actuó de manera indebida al modificar injustificadamente, el proceso de selección una vez iniciado, uno los requisitos que deberían reunir los aspirantes, en concreto, el requisito de acompañar una Carta de No Antecedentes Penales expedida por la Agencia de Administración Penitenciaria, siendo ahora suficiente la manifestación bajo protesta de decir verdad, del aspirante.

La SCJN determinó que esa modificación fue un actuar indebido por parte de la Comisión Anticorrupción, pues no le compete a esa comisión estipular las reglas sobre las cuales se llevaría a cabo el proceso de selección del fiscal general del estado, sino en todo caso, cualquier cambio o modificación le correspondería al Pleno del Congreso.

Aunque tampoco se desprende que esa modificación pueda realizarse respecto de los procesos de selección ya iniciados; lo cual, genera inseguridad jurídica, no solo en perjuicio de los participantes, respecto de quienes se genera incertidumbre en relación con cuáles son las reglas que rigen el proceso en curso, sino que también esta falta de certeza origina una afectación al interés público.

Si se considera que en el caso se trata de elegir a un funcionario que debe guardar completa imparcialidad, al ser el titular de la institución que tiene por objeto ejercer la representación y defensa de los intereses de la sociedad y velar por la exacta observancia de las leyes de interés general y perseguir los delitos del orden común, y por esa razón se hace necesario que sean claras las reglas que rigen en el procedimiento para la elección de este tipo de funcionarios, y que no puedan ser modificadas durante el desarrollo del proceso, a fin de evitar manipulaciones en éste para afectar o beneficiar a determinado aspirante. De ahí la inconstitucionalidad advertida.

En esas condiciones, la Segunda Sala declaró la invalidez del acuerdo emitido por la Comisión Anticorrupción de ocho de noviembre de 2022, emitido por el Congreso del Estado de Nuevo León, a través de su Comisión Anticorrupción, lo cual tiene como consecuencia que se reponga el procedimiento de selección a partir de ese momento.

Esto implica que la Controversia Constitucional presentada por el Gobernador Samuel García, ha sido resuelta a su favor, debiendo ahora la comisión anticorrupción enviar una nueva terna de 4 aspirantes, únicamente de aquellos aspirantes que hayan reunido en su totalidad los requisitos expuestos en la convocatoria original.

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